Interrupción voluntaria del embarazo
Interrupción voluntaria embarazo Los I V E solo se deben de realizar en la Clínicas Ginecólogo autorizadas por la consergería de Sanidad de Madrid.
Las IVE son el fracaso de la Planificación Familiar .
Nuestros ginecólogos NO realizan interrupciones de embarazo.
QUÉ ES LA IVE – QUÉ ES EL ABORTO |
Es la interrupción de un embarazo. Esta interrupción puede ser espontánea o a petición de la mujer embarazada.
En el último caso se denomina Interrupción Voluntaria del Embarazo, IVE. También se le llama Interrupción Legal del Embarazo, ILE, en otras zonas de España. Consiste en un aborto inducido médicamente, motivado por una de las tres indicaciones legales y efectuado dentro de los plazos que marca La Ley Orgánica 2/2010. En España las interrupciones de embarazo no han dejado de crecer. En 2005 se registraron 91.664, la mayoría de ellas en mujeres entre los 20 y los 29 años de edad. Entre las menores de edad, casi la mitad de los embarazos acabaron en aborto. Y cerca de 1.500 jóvenes de entre 15 y 19 años se sometieron por segunda o más veces a esta intervención. |
CUÁNDO ES LEGAL LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO (IVE) |
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LEGISLACIÓN ACTUAL
El pasado 24/02/2010 fue aprobado en el Senado el proyecto de 'Ley de Reproducción Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo', que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado del 04/03/2010. Entró en vigor cuatro meses después a contar desde el día siguiente al de su publicación. Ésta es una ley de plazos, como la vigente en la mayoría de los países europeos. Esta nueva ley de plazos, que equipara a España con la mayoría de los países de nuestro entorno, marca un aborto libre hasta la semana 14 del embarazo y un período previo de reflexión obligatorio de 3 días. Las novedades de la nueva ley sobre el aborto son: 1. Es una ley de plazos. Se puede abortar libremente hasta las 14 semanas, previo informe a la mujer que desea interrumpir su embarazo sobre las ayudas por maternidad que puede recibir, pudiendo abortar sin tener que explicar sus motivos. 2. Se podrá abortar hasta la semana 22 del embarazo cuando la vida de la madre corra grave riesgo para su salud física o psíquica o si el feto sufre malformaciones o graves anomalías que podemos detectar por análisis clínicos del embarazo o por la ecografía morfológica de las semanas 20 a 22. MAS LEGISLACIÓN ACTUAL
3. Se podrá interrumpir libremente el embarazo tras la semana 22, sólo si el feto tiene una malformación incompatible con la vida o una enfermedad grave e incurable tras el nacimiento, siempre y cuando sea evaluado por un comité de médicos especialistas expertos que confirmen la incompatibidad con la vida normal del feto. 4. Las menores, de 16 y 17 años, pueden tomar solas la decisión de abortar, pero deberán de acudir acompañadas de un tutor legal a la clínica de la interrupción del embarazo. Si la menor de edad, considera que la interrupción de su embarazo le puede crear un grave conflicto familiar, podrá abortar sola. En este caso, el ginecólogo podrá pedir un informe psicológico o de un trabajador social que avale que la alegación de la joven tiene fundamento.
Interrupción voluntaria embarazo en MadridLEGISLACIÓN ANTERIOR
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PREGUNTAS MÁS FRECUENTES SOBRE LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO (FAQ)
Sobre todo |
¿Qué no se debe hacer nunca? |
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· Someterse a manipulaciones por personal no preparado y sin las condiciones higiénicas imprescindibles.
Haciendo esto, pone en peligro su vida. · Usar medios caseros, tales como: introducir sustancias químicas, jabón, hierbas (perejil) u objetos punzantes en la vagina o el útero. El riesgo de infecciones muy elevado y los daños en su cuerpo pueden ser irreparables. |
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